Cuando un trabajador detecta un posible incumplimiento laboral, suele aparecer la misma duda: ¿presento una denuncia ante la Inspección de Trabajo o utilizo el buzón del fraude de la ITSS? Tranquilidad, que no estás ante un acertijo del Ministerio, pero casi. Las dos vías existen, sirven para cosas distintas y conviene tenerlo claro para no perder tiempo… ni oportunidades.
¿La denuncia ante la Inspección de Trabajo es anónima?
No. La denuncia no es anónima, pero sí totalmente confidencial. Tu nombre no sale de la Inspección de Trabajo ni por equivocación. El personal de la ITSS tiene obligación legal de mantener el sigilo profesional, así que tu identidad queda blindada como si fuese receta de la abuela.
¿Y el buzón del fraude (o buzón de la ITSS)?
El famoso buzón nació en 2013 y fue reforzado por el Plan por un Trabajo Digno 2018-2020. Su función es clara: permitir comunicar abusos laborales de forma anónima. Es rápido, accesible y sin papeleos. Pero ojo, que el anonimato tiene su coste.
Las comunicaciones enviadas a través del buzón no son denuncias. La ITSS las utiliza como información, decide si merece la pena investigarlas y, si lo considera oportuno, planifica actuaciones inspectoras. Vamos, que podrían actuar… o podrían no hacerlo.
Diferencias clave entre la denuncia y el buzón del fraude
1.- Denuncia ante la ITSS:
Genera un expediente administrativo. La Inspección está obligada a intervenir siempre.
2.- Buzón del fraude:
Es solo una comunicación anónima, sin obligación de inspeccionar. La ITSS valorará si actúa o no.
1.- Denuncia:
Incluyes tus datos de contacto. El inspector o inspectora puede llamarte o escribirte para aclarar información o pedir detalles clave.
2.- Buzón:
Al ser anónimo, la ITSS no puede contactarte aunque lo necesite. Si faltan datos, ahí se queda.
1.- Denuncia:
Tienes derecho a saber cómo va tu expediente, qué se ha comprobado y qué medidas se han adoptado (art. 9.3 del RD 928/1998).
2.- Buzón:
No recibes respuesta alguna, porque no constan tus datos. Nada de seguimiento.
🔗 Enlace oficial del Ministerio de Trabajo y Economía Social: https://oeitss.gob.es/tramites/personas-trabajadoras
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